El Centro de Derechos Reproductivos, el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM) y el Estudio para la Defensa de los Derechos de la Mujer (DEMUS) han presentado una petición ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDH) en nombre de una joven peruana que se vio constreñida por parte de funcionarios del estado a llevar a cabo el embarazo de un feto anencefálico. Dicho embarazo comprometió gravemente la vida y salud mental y física de la mujer. Hasta la fecha, el CDH que está encargado de supervisar el cumplimiento por parte de los estados del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), ha aceptado muy pocos casos sobre violación de los derechos de la mujer.
"Esperamos que el Comité de Derechos Humanos reconocerá que los funcionarios del estado peruano violaron sus propias leyes al negar a esta joven mujer el derecho de poner fin a su embarazo, derecho al cual tiene acceso bajo la ley", dijo Luisa Cabal, asesora legal para América Latina y el Caribe del Centro de Derechos Reproductivos. "La pesadilla que vivió esta mujer no es algo poco común en Latinoamérica, donde las mujeres de bajos recursos ven sus derechos a la salud y a estar libres de tratos tan crueles, inhumanos y degradantes frecuentemente violados", agregó la Sra. Cabal.
La mujer peruana tenía 17 años y estaba embarazada de 14 semanas cuando los doctores de un hospital público en Lima diagnosticaron al feto con anencefalia, una anomalía fatal caracterizada por la ausencia total o parcial del cerebro. Tras pensarlo largamente, la mujer optó por abortar pero el acceso a la atención le fue negado por el director del hospital público. El 13 de enero de 2002 la mujer dio luz a un infante anencefálico, tras lo cual fue forzada a amamantar al recién nacido durante cuatro días antes de su inevitable muerte.
En Perú el aborto es legal bajo razones terapéuticas. Sin embargo, Perú ha fracasado en establecer regulaciones lo suficientemente claras y las mujeres cuyas vidas se ven amenazadas por este tipo de embarazo quedan a merced de cualquier funcionario público. En este caso en particular, a pesar de estándares médicos claros, fue por el contrario el director del hospital quien dictaminó que el caso de la mujer no se acogía bajo la excepción terapéutica, negándole el permiso a la mujer para tener la intervención médica. La queja interpuesta asevera que la mitad final del embarazo compone una clara violación de los estándares internacionales que prohíben la violencia contra la mujer, así como también el trato cruel, inhumano y degradante por parte de funcionarios del estado.
Los peticionarios piden al CDH reconocer que Perú violó los derechos de esta joven peruana y recomiendan que el gobierno le indemnice por su profundo sufrimiento. Además, recomiendan que Perú tome las medidas necesarias para establecer regulaciones que garanticen que las mujeres que busquen poner fin a un embarazo de acuerdo a la ley peruana, puedan acceder de modo expedito a servicios de aborto seguros.
Perú reconoce la autoridad del CDH para examinar quejas individuales, determinar si ocurrieron violaciones al PIDCP, y para sugerir soluciones para casos que no hayan sido resueltos de manera efectiva en su país de origen.