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VI. EL ABORTO EN MALAS CONDICIONES
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Antecedentes
La falta de servicios para la práctica de abortos legales y
en condiciones seguras para las adolescentes pone en riesgo
su salud y su vida y socava su derecho a tomar sus propias
decisiones respecto a su maternidad. Como ya se ha comentado,
la Convención sobre los Derechos del Niño protege el
derecho a la vida y la salud de todos los niños sin límite
alguno.122 De este modo, según la perspectiva global del
derecho a la salud recogida en el artículo 24, las adolescentes
que sufren complicaciones médicas derivadas de abortos producidos
en malas condiciones o en situaciones de riesgo
tienen derecho a recibir una atención adecuada, respetuosa y
confidencial. Cuando un país declara ilegal o restringe severamente
una atención médica que sólo la requieren las
mujeres adultas y adolescentes está violando la prohibición
de discriminar por razón de género, de acuerdo con los
instrumentos internacionales de derechos humanos, incluida
la Convención sobre los Derechos del Niño.123
| Investigaciones realizadas en diversos países
del sur muestran que las adolescentes no
casadas y embarazadas deciden poner término
a sus embarazos con mayor frecuencia
que otros grupos.114 Entre uno y cuatro millones
de mujeres adolescentes de países del
sur abortan de manera clandestina y en
condiciones generalmente de riesgo.115
Las adolescentes suelen retrasar el aborto
hasta después de transcurrido el primer
trimestre y a menudo buscan la ayuda de
personas que no son médicos, lo que se traduce
en elevadas tasas de complicaciones
derivadas de ello. Los abortos auto-inducidos
también son una práctica común entre las
adolescentes de muchos países.116
En Chile y Argentina, más de una tercera
parte de las muertes maternas entre las
adolescentes son consecuencia directa de
abortos realizados en malas condiciones.117
En Perú, una tercera parte de las mujeres
hospitalizadas por complicaciones derivadas
de abortos son mujeres adolescentes entre
15 y 24 años.118
La Organización Mundial de la Salud ha
calculado que en muchos países de África,
hasta el 70% de las mujeres hospitalizadas
por complicaciones de abortos tienen menos
de 20 años.119 Una investigación realizada en
Uganda mostró que casi el 60% de las
muertes relacionadas con abortos se producían
entre mujeres adolescentes.120
Entre los países industrializados, Estados
Unidos tiene una de las tasas de abortos de
adolescentes más elevadas. Las tasas de
abortos entre los 15 y 19 años varían entre 3
de cada mil en Alemania, a seis en Japón, 19
en Inglaterra y Gales y 36 en Estados
Unidos.121 |
Además, si una adolescente es capaz de comprender la
gravedad de su decisión, una joven que enfrenta a un
embarazo no deseado debe tener derecho a tomar las decisiones
relacionadas con su embarazo, lo cual incluye si lleva o
no a término su gestación. A pesar de que la Convención
sobre los Derechos del Niño no hace referencia de una manera
explícita al tema del aborto, sí establece que los Estados
Partes "garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse
un juicio propio el derecho de expresar su opinión
libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose
debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función
de la edad y madurez del niño."124 Además, la
Convención sobre los Derechos del Niño aclara que "ningún
niño será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su
vida privada..."125
El aborto en malas condiciones126 tiene implicaciones en
materia de salud especialmente graves en las adolescentes y
las mujeres jóvenes, sobre todo en los casos en que el aborto
es ilegal o está severamente restringido, o las adolescentes tienen un difícil acceso a él. La situación legal del aborto
incide en las tasas de mortalidad y morbilidad materna relacionadas con los abortos.127 Estas tasas son particularmente
elevadas entre las adolescentes.128 Además, las adolescentes en todo el mundo son víctimas en un número
desproporcionado de abortos producidos en malas condiciones, debido a que es mínimo su acceso a información y
servicios de calidad y confidenciales en materia de salud reproductiva, incluida la anticoncepción. Asimismo, las
adolescentes tienen una menor probabilidad, en comparación con las mujeres de mayor edad, de tener los contactos
sociales, el acceso a transporte y medios económicos para procurarse un aborto seguro.129
A pesar de que desde 1994 existe una clara tendencia hacia la liberalización de la legislación sobre el aborto,
sigue habiendo limitaciones políticas y legales en muchos países del sur, sobre todo en América Latina, África y
Oriente Medio.130 Entre los países con una población superior a un millón de personas, donde el aborto es legal
en al menos ciertas circunstancias, la autorización de los padres sigue siendo un requisito en 28 países.131 Estas
barreras pueden contribuir a que se produzcan retrasos en la práctica del aborto durante el primer trimestre, cuando
sería más seguro, y a que las adolescentes recurran a procedimientos clandestinos e ilegales para evitar el involucramiento
de los padres.
| Observaciones finales del Comité de los Derecho del Niño y la Niña
"Al Comité le preocupa el índice de mortalidad maternal relativamente elevado, especialmente porque afecta a
las muchachas jóvenes en Nicaragua.También observa que los abortos clandestinos y los embarazos de adolescentes
parecen constituir un grave problema en el país."132
"El Comité expresa su preocupación por la escasez de programas y servicios [en Belice] y la falta de datos
apropiados en el ámbito de la salud de los/las adolescentes, incluidos ... violencia y abortos."133
"Si bien este Comité reconoce los esfuerzos realizados por [Guinea] en el ámbito de la salud para los/las adolescentes,
está particularmente preocupado por la alta tasa, que sigue en aumento, de embarazos precoces, la elevada
tasa de mortalidad derivada de la maternidad y la falta de acceso de las adolescentes a la educación y a los servicios
en salud reproductiva."134 |
Recomendaciones del CRR
- Con el fin de hacer frente al aborto realizado en malas condiciones, sobre todo su
elevada incidencia entre las adolescentes, los gobiernos deben tomar en consideración
la promulgación de leyes que permitan la práctica del aborto sin que esté restringido
por determinados supuestos o que contemplen la ampliación de éstos.
- Los agentes encargados de velar por el cumplimiento de la ley deben abstenerse de
perseguir penalmente a aquellas mujeres que se hayan sometido a un aborto y a las
personas que los hayan practicado con el consentimiento de sus pacientes.
- En los países en donde el aborto está legalizado, los gobiernos deben garantizar que
todas las mujeres, incluidas las adolescentes, tengan acceso a la gama más amplia posible
de servicios de aborto de calidad autorizados por la ley, con independencia de sus
ingresos, estado civil y nivel educativo.
Prácticas recomendables
En 1995, Guyana se convirtió en uno de los pocos países de América del Sur que ha promulgado una ley de
legalización del aborto. En 1991, en Guyana el aborto séptico y el aborto incompleto eran respectivamente la tercera
y la octava causas más importantes de hospitalización.135 A consecuencia de la promulgación en 1995 de la
Ley para la Interrupción Médica del Embarazo,136 se registró una importante disminución de las tasas de hospitalización
producidas por las práctica de abortos en malas condiciones.137 Dicha ley reconoce e impulsa la autonomía
reproductiva de la mujer al proporcionarle la alternativa de poner término, según su criterio, a su embarazo.
Esta ley establece la terminación legal del embarazo138 sin restricción en cuanto a su fundamento en las
primeras ocho semanas139 de gestación. 140 Entre las ocho y doce semanas están contempladas ciertas circunstancias
en las que está permitido el aborto. Estas circunstancias son las siguientes: con el fin de evitar el daño físico o
mental de la mujer; en el caso de que exista un riesgo importante de lesión en el feto; si se considera que la mujer
embarazada está incapacitada mentalmente para cuidar del recién nacido; si la mujer embarazada es seropositiva; o
si el embarazo se ha producido a consecuencia de un fallo anticonceptivo.141 Entre las 12 y las 16 semanas, el
aborto está permitido si dos médicos debidamente autorizados dictaminan que los supuestos arriba mencionados se
aplican a la mujer embarazada. 142 A partir de las 16 semanas, el aborto está permitido si tres médicos dictaminan
que el embarazo pone en peligro la vida de la madre o supone un riesgo de lesión grave permanente a la salud física
o mental de la mujer o del feto.143
Dicha ley también establece que los abortos practicados a solicitud de la mujer durante las primeras ocho semanas
de la gestación deben ser realizados o supervisados por médicos.144 El resto de las interrupciones de embarazos
sólo puede ser realizado por un médico debidamente calificado y en una institución médica autorizada.145
Todo médico que conscientemente objete la práctica del aborto puede negarse a hacerlo, a menos que sea
necesario de manera urgente para salvar la vida de la mujer o para evitar una lesión permanente grave a su salud
física o mental.146 La mencionada ley también establece que el Ministerio de Salud debe promulgar las normas
pertinentes para proporcionar servicios de asistencia antes y después del aborto y durante el periodo de 48 horas
de espera obligatoria que debe transcurrir una vez solicitado el mismo, aunque en caso de emergencia este último
requisito queda anulado.147
VII. EL VIH/SIDA Y OTRAS ENFERMEDADES DE
TRANSMISIÓN SEXUAL (ETS)
| Alrededor de la mitad de los 333 millones
de casos nuevos de infecciones de transmisión
sexual que se producen al año afecta
a personas menores de 25 años. 148 Cada
año, aproximadamente uno de cada 20 adolescentes
contrae una ETS.149
De los 15,3 millones de nuevos casos de
infecciones de transmisión sexual en los
Estados Unidos durante 1996, alrededor de
una cuarta parte se daba en adolescentes
entre 15 y 19 años.150 Entre un 30% y un 40%
de las adolescentes sexualmente activas se
infectaron de clamidia.151
De los 30 millones de personas que tenían
el VIH en 1998, al menos una tercera parte
tenía entre 10 y 24 años.152 Cada año se dan
alrededor de 2,6 millones de infecciones
nuevas en este grupo de edad.153 Esto
supone 7.000 nuevas infecciones cada día o
cinco infecciones nuevas cada minuto.154
Estudios recientes indican que la proporción
del VIH/ SIDA aumenta más rápidamente
entre las mujeres jóvenes que entre los hombres jóvenes en los países con ingresos
bajos.155 En Uganda, por ejemplo, las
infecciones de VIH entre las adolescentes
entre 13 y 19 años son tres veces más frecuentes
que entre los adolescentes
varones.156
Un estudio clínico elaborado en Zimbabwe
reveló que el 30% de jóvenes embarazadas
entre 15 y 19 años eran seropositivas y sólo
se enteraron cuando buscaron atención prenatal.
157 |
Antecedentes
El derecho de los/las adolescentes a la vida, la salud y la
salud reproductiva queda en entredicho gravemente cuando
los gobiernos no abordan de manera integral el problema
del VIH/SIDA y de otras infecciones de transmisión sexual.
Como se ha comentado anteriormente, la Convención
sobre los Derechos del Niño protege el derecho de los/las
adolescentes a la vida y a la salud.158 Es más, de acuerdo
con la mencionada Convención y otros instrumentos de
derechos humanos aplicables, los derechos a la no discriminación,
a un trato igual entre hombres y mujeres, a disfrutar
de los beneficios de los avances científicos y todas sus aplicaciones,
y a solicitar, recibir y dar información sanitaria de
todo tipo, configuran un marco reconocido internacionalmente
que exige que los gobiernos tomen las medidas necesarias
para capacitar a los/las adolescentes para protegerse
del contagio de infecciones de transmisión sexual y del VIH,
y, si se es sero positivo, a recibir el tratamiento adecuado.
159
Las adolescentes son a menudo más vulnerables al VIH/SIDA y a las infecciones de transmisión sexual que sus
contrapartes masculinos. Esta mayor vulnerabilidad es
atribuible a factores que son ajenos a su control, como la
violencia y la explotación sexual; una iniciación sexual temprana;
la incapacidad de negociar una relación segura con
sus compañeros, que a menudo son mayores que ellas; la
presión social; la falta de una educación formal, incluida la
educación sexual, y la falta de acceso a recursos anticonceptivos
y a los servicios de salud reproductiva.
En las comunidades que carecen de servicios anticonceptivos
en las instalaciones sanitarias o está restringido el
acceso de los/las adolescentes a los condones masculinos y
femeninos, es prácticamente imposible que los/las adolescentes se protejan de las infecciones de transmisión sexual
del VIH y de los embarazos no deseados.160 Se precisan medidas legales y políticas firmes para asegurar el acceso de
los/las adolescentes a información y servicios de salud reproductiva integrales para garantizar que los/las adolescentes
que ya padecen infecciones de transmisión sexual tengan acceso a los servicios y asesoramiento adecuados,
y asegurar que los/las que están infectados con el VIH/SIDA estén protegidos de discriminaciones en la educación,
el trabajo y los servicios sanitarios. Las elevadas proporciones de infección del VIH/SIDA, especialmente en África
y concretamente entre las adolescentes, ponen de manifiesto la necesidad apremiante de medidas legislativas,
políticas y de programación para abordar este tema.
| Observaciones finales del Comité de los Derechos del Niño y la Niña
"El Comité sugiere que [Ghana] refuerce sus programas de información y prevención para combatir el
VIH/SIDA y las enfermedades de transmisión sexual (ETS), así como las actitudes discriminatorias hacia los niños
afectados o infectados con el VIH/SIDA."161
"Al Comité le preocupa la inexistencia de campañas a gran escala de prevención de embarazos no deseados,
enfermedades de transmisión sexual e infección por el VIH/SIDA [en Paraguay] ..., dirigidas en particular a niños y
adolescentes."162
"[El Comité] expresa su profunda preocupación por la propagación de esta epidemia [VIH/SIDA] [en Guinea] y
sus efectos directos e indirectos sobre los niños. El Comité recomienda que se refuercen los programas relacionados
con la incidencia y el tratamiento de los niños infectados y afectados por el VIH/SIDA. Se recomienda la cooperación
internacional de UNICEF, la OMS y el Programa Conjunto de las NU sobre el VIH/SIDA (UNAIDS)."163 |
Recomendaciones del CRR - Los gobiernos deben desarrollar políticas compasivas y de apoyo, no discriminatorias,
relacionadas con el VIH/SIDA para la atención y protección de los individuos infectados.
- Las campañas de educación de los gobiernos para la prevención del SIDA deben ir
dirigidas específicamente a los/las adolescentes, especialmente a las niñas adolescentes,
y deben promover entre los adolescentes varones y los hombres en general las prácticas
sexuales más seguras.
Prácticas recomendables
La rápida expansión del VIH/SIDA en Tanzania164 impulsó a que el ministro de Sanidad del país promulgara en
septiembre de 1995 su Plan Nacional del VIH/SIDA y Enfermedades de Transmisión Sexual (Plan Nacional del
SIDA).165 Su objetivo principal es movilizar y sensibilizar a la comunidad para que se involucre activamente en la
prevención de la transmisión del VIH y haga frente a las consecuencias económicas y sociales del SIDA. Algunos de
los objetivos específicos del Plan Nacional del SIDA incluyen: crear un marco institucional nacional para coordinar
la movilización de recursos financieros, humanos y materiales para la prevención y el control del SIDA; aumentar la
conciencia; fomentar prácticas sexuales más seguras, pruebas y asesoramiento; proporcionar a las personas infectadas
un mayor apoyo; y salvaguardar su derecho a no ser objeto de discriminación alguna. Los derechos de las personas
infectadas incluidos en el Plan son: el derecho al trabajo, a la vivienda, a la protección de la privacidad — incluyendo
lo relativo al asesoramiento y tratamiento del SIDA — educación, seguros y uso del transporte público. 166
El plan destaca la importancia de instruir a las mujeres sobre sus derechos básicos a la salud y sexualidad y asegurar
que los servicios sean accesibles a las mujeres a través de las clínicas de Salud Maternal e Infantil/
Planificación Familiar.También se fomentan y proporcionan los recursos de protección contra la transmisión del
SIDA.167 Es más, el plan subraya la importancia de la confidencialidad de las pruebas, así como la necesidad de un
asesoramiento antes y después de la prueba, atención institucional, gestión de las ITS (incluido un tratamiento gratuito),
servicios de apoyo basados en la comunidad, protección de los trabajadores de atención a la salud, y de una
atención especial para la difícil situación de viudas y huérfanos afectados por el SIDA.168 Por último, el plan
favorece la persecución penal del contagio intencionado del VIH/SIDA y de otras infecciones de transmisión
sexual.169
A pesar de que es posible que la falta de recursos e infraestructura sanitaria supongan un obstáculo para el
pleno cumplimiento del Plan Nacional del SIDA en Tanzania, su promulgación es un primer paso crucial para crear
un marco de actuación para los esfuerzos gubernamentales de atención al VIH /SIDA y otras infecciones de transmisión
sexual.Aunque el Plan Nacional del SIDA no trata explícitamente temas relacionados con los/las adolescentes,
las directrices políticas instituidas en 1994, como parte del programa de planificación familiar en Tanzania,
prevén que se proporcione información, educación, asesoramiento y servicios a todas las personas en edad reproductiva,
incluidos los/las adolescentes. 170
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