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Las adolescentes y el aborto

Mayo 1999

En la actualidad, la población adolescente1 representa el 20% de la población mundial2, de cuyo total cerca del 85% vive en países en vías de desarrollo.3 La experiencia de las adolescentes en cuanto al aborto merece especial atención ya que por su condición económica y social han encontrado obstáculos que les han impedido el goce de sus derechos reproductivos. De la misma manera, la penalización del aborto afecta a las adolescentes en la medida que limita sus derechos reproductivos y sexuales y pone en peligro sus vidas cuando recurren al aborto clandestino.

Cada año, a nivel mundial, hay por lo menos 4.5 millones de mujeres jóvenes que recurren al aborto inducido, muchas veces realizado en condiciones de riesgo.4 En Latinoamérica y el Caribe, las estimaciones varían entre aproximadamente trece abortos anuales por cada mil mujeres de 15 a 19 años en México, y alrededor de 36 por cada mil adolescentes en la República Dominicana.5

Debido a la censura que existe en muchas sociedades con respecto al tema de la sexualidad, los y las adolescentes carecen de información y acceso a servicios adecuados de planificación familiar en condiciones de confidencialidad e independencia. Por otra parte, las mujeres jóvenes carecen muchas veces de medios económicos, contactos sociales o de transporte para recurrir a un aborto seguro. También es mucho mayor la probabilidad de que demoren la búsqueda de ayuda, lo que produce un alto índice de morbilidad y mortalidad como resultado de un aborto en la etapa avanzada de gestación.6 Como las adolescentes no están suficientemente maduras para el parto desde el punto de vista psicológico y físico, los partos a edad temprana también se traducen en elevados índices de morbi-mortalidad materna.7 Las jóvenes adolescentes tienen más probabilidades que las mujeres mayores de tener un parto prematuro, un aborto espontáneo o de que la criatura nazca muerta. También es cuatro veces mayor la probabilidad de que mueran por complicaciones del embarazo.8

Derechos reproductivos de los y las adolescentes

El derecho a la salud reproductiva ha sido reconocido a nivel internacional como parte importante de los derechos humanos de los y las adolescentes. En efecto, la Convención Sobre los Derechos del Niño y la Niña9 es el primer tratado internacional que reconoce los derechos reproductivos de los y las adolescentes. Dicha Convención protege el derecho a la vida10 y a la salud11, lo que incluye el derecho a una atención médica adecuada, confidencial y segura para las adolescentes que tienen complicaciones médicas a causa de un aborto inseguro.12 Asimismo, la Convención del Niño y la Niña también obliga a los Estados partes a asegurar que todo niño y niña disfrute plenamente de su derecho a la intimidad13 y a expresar su opinión en los asuntos que le afecten directamente.14

De la misma manera, los compromisos acordados en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (CIPD)15 y la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer16 reafirman lo establecido en la Convención del Niño y la Niña y declaran que "toda persona tiene derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud física y mental"17, definiendo la salud reproductiva como "la capacidad de disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos y de procrear, y la libertad para decidir hacerlo o no hacerlo, cuándo y con qué frecuencia"18

En este sentido las Conferencias internacionales reconocieron el problema del embarazo no deseado y el aborto inseguro entre adolescentes. De tal manera reafirmaron los derechos de los y las adolescentes a la salud reproductiva, incluyendo el derecho a la información confidencial y el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva,19 reconociendo la necesidad de las adolescentes y mujeres solteras de acceder a servicios de planificación familiar que incluyan información y distribución de métodos anticonceptivos20.

En la CIPD, los gobiernos acordaron que "los países, con la asistencia de la comunidad internacional, deberían proteger y promover los derechos de los adolescentes a la educación, la información y la asistencia en materia de la salud reproductiva"21 y del mismo modo, "exhorta[ron] a los gobiernos a que, en colaboración con las organizaciones no gubernamentales, atiendan las necesidades especiales de los y las adolescentes y establezcan programas apropiados para responder a ellas."22

Algunas observaciones del Comité sobre los Derechos del Niño23

Nicaragua: "Al Comité le preocupa el índice de mortalidad materna relativamente elevado, especialmente porque afecta a muchachas jóvenes en Nicaragua. También observa que los abortos clandestinos y los embarazos de adolescentes parecen constituir un grave problema en el país24."

Belice: "El Comité expresa su preocupación por la escasez de programas y servicios y la falta de datos apropiados en el ámbito de la salud de los adolescentes, incluidos accidentes, suicidios, violencia y abortos". 25

Acceso a información y educación

Investigaciones de campo indican que el bajo nivel de educación está directamente relacionado con un alta tasa de embarazos entre las adolescentes26. En la República Dominicana, Ecuador, México y en la mayoría de los países africanos, más de las dos terceras partes de las mujeres sin educación dan a luz antes de los 20 años27. Por consiguiente, una educación sexual adecuada promueve actitudes responsables y previene embarazos no deseados y el aborto entre las adolescentes28.

A pesar de que el embarazo no deseado entre las adolescentes constituye un problema prioritario en los países de América Latina y el Caribe, en muchos países de la región no existen programas nacionales que atiendan las necesidades de los y las adolescentes en lo referente a información sobre salud o programas de educación sexual orientados a prevenir embarazos no deseados29. Por lo tanto, resulta imperativo garantizar el acceso a información sobre salud sexual y reproductiva que permita atender las necesidades de los y las adolescentes.

Recomendaciones para la acción

  • Los gobiernos deben eliminar todos los obstáculos legales y reglamentarios a la salud reproductiva y crear programas completos de salud dirigidos a edades específicas. Deben desarrollar programas sobre sexualidad, anticoncepción y reproducción que ayuden a los y las adolescentes a desarrollar su capacidad de tomar decisiones responsables.

  • Los gobiernos deben asegurar el acceso universal a información y servicios confidenciales y de alta calidad en materia anticonceptiva, así como atención pre y posnatal para adolescentes al margen de su estado civil.

  • Los gobiernos tienen la obligación de adoptar fuertes medidas para proteger a los adolescentes de la violencia sexual, imponiendo severas sanciones a los ofensores. Deben también reforzar las leyes sobre la edad mínima que se debe tener para el matrimonio y promulgar leyes que aseguren el consentimiento por ambas partes.

Los adolescentes: población en riesgo

  • En Chile y Argentina, más de un tercio de las muertes maternas entre las adolescentes se relaciona con aborto inseguro30.

  • En Latinoamérica y el Caribe, una décima parte de todas las mujeres hospitalizadas por complicaciones relacionadas con un aborto son menores de 20 años31.

  • En general, entre el 40 y el 47% de los asaltos sexuales son contra adolescentes de 15 años y menores. En Santiago de Chile, cerca del 3% de las mujeres menores de 18 indica que su primera relación sexual fue producto de una violación32.

  • Un estudio realizado en Brasil, revela que el 21% de los niños y el 15% de las niñas tienen historia de enfermedades de transmisión sexual33.

1 En 1998, la Organización Mundial de la Salud (OMS), UNICEF y el Fondo de Población (FNUAP) llegaron a un acuerdo en cuanto a la clasificación para los jóvenes: Adolescentes son aquellas personas que están entre las edades de 10 y 19 años; juventud las que están entre 15 y 24 años; y jóvenes entre 10 y 24 años; UNFPA,Technical and Policy Division Draft Report, The Sexual and Reproductive Health of Adolescents, abril de 1998.
2 Ibid., citando United Nations, The Sex and Age Distribution of the World Population, 1996.
3 United Nations Population Fund (UNFPA), Key Future Actions. Report of the Round Table on Adolescent Sexual and Reproductive Health celebrada en Nueva York, 14-17 de abril, 1998, p. 2. [de aquí en adelante UNFPA, Key Future Actions].
4 Pathfinder International, Insights from Adolescent Project Experience, Watertown, MA, 1998, p.1. 5 AGI, Into a New World.Young Women's Sexual and Reproductive Lives, Nueva York, 1998, p. 33 [de aquí en adelante, AGI, Into a New World].
6 World Health Organization, The Health of Young People: A Challenge and a Promise, Ginebra, 1993, citado en Family Care International (FCI), El aborto que ocurre en condiciones de riesgo: Hoja informativa, Nueva York, 1998.
7 Entre los riesgos se incluyen hemorragias, anemia, desnutrición, retraso o complicaciones en la labor de parto, peso bajo al nacer y muerte de la madre o el niño. Ver Family Care International (FCI), Demorar el matrimonio y el primer nacimiento. Maternidad sin riesgo: Hoja informativa, Nueva York, 1998.
8 Comparado con las mujeres que tienen mas de 20 años. Ver AGI, Into a New World, op.cit., p. 32.
9 Convención sobre los Derechos del Niño. A.G. Res.44/25, U.N.G.A.O.R., 44th Sess., Supp. No.49. U.N.Doc.A/44/49 [entró en vigor el 2/9/1990] [de aquí en adelante Convención del Niño].
10 Convención del Niño, artículo 6.
11 Convención del Niño, artículo 24 (1) y (2f) donde los Estados partes acuerdan "reconoce[r] el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y [de] servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud" y "desarrollar la atención sanitaria preventiva, la orientación a los padres y la educación y servicios en materia de planificación de la familia." 12 Del mismo modo, al ser prohibido el acceso a procedimientos o servicios de salud que sólo son utilizados por mujeres y niñas, los gobiernos también infringen el derecho de las mujeres a no ser discriminadas por causa de género, establecido en el artículo 2 de la Convención del Niño.
13 Ibid., artículo 16.
14 Ibid., artículo 12.
15 Celebrada en El Cairo, en 1994.
16 Tuvo lugar en Beijing, en 1995.
17 Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, Cairo, Egipto, 5-13 de septiembre de 1994, U.N. Doc.A-Conf.171-13-Rev.1,U.N. Sales No. 95XIII.18 (1995), 7.46 [de aquí en adelante Programa de Acción], principio 8.
18 Programa de Acción, 7.2.
19 En el Programa de Acción de la CIPD de El Cairo en 1994, 7.41, 7.45 al 7.47 y la Plataforma de Acción de Beijing en 1995, 83 l, 106 m, 107e-g, 108k, 108l,267, 281e-g, entre otros.
20 Además de Cairo y Beijing, esto también fue reconocido en los documentos que surgieron de la Conferencia del Medio Ambiente en Estambul en 1996, 136(f); de la World Summit for Social Development en Copenhagen, Capítulo 2, 36(h); de la World Summit for Children en 1990, Appendix II(A); y en el Programa 21, 5.49 al 5.52 adoptado en Río en 1992 en la Conferencia Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.
21 Programa de Acción, 7.46.
22 Ibid., 7.47.
23 El Comité de los derechos del niño se encarga de velar por el cumplimiento de la Convención y de emitir observaciones con respecto a los informes presentados por los países. Convención del Niño, artículos 43 y 44.
24 Observaciones finales del Comité de los Derechos del Niño : Nicaragua. 20/06/95. CRC/C/15/Add.36.
25 Observaciones finales del Comité de los Derechos del Niño : Belice. 10/05/99. CRC/C/15/Add.99.
26 En varios países de Latinoamérica las cifras demuestran que, entre los grupos desfavorecidos, la edad mediana en que se forma la primera unión suele ser equivalente o inferior a la edad en que concluye la educación escolar. Ver Centro Latinoamericano de Demografía (CELADE), Población, salud reproductiva y pobreza. Síntesis y conclusiones, http://www.eclac.org/Celade-Esp/CE_RegInit_POBe.html (website visitado en abril de 1999); Centro de Derechos Reproductivos y DEMUS, Mujeres del mundo: Leyes y políticas que afectan sus vidas reproductivas - América Latina y el Caribe, Nueva York, 1997, p. 215 [de aquí en adelante Centro de Derechos Reproductivos y DEMUS, Mujeres del mundo]; United Nations Population Fund, The State of the World Population 1997, p. 37 [de aquí en adelante, State of World Population 1997].
27 J. Senderowitz, Adolescent Health: Reassessing the Passage to Adulthood, World Bank Discussion Papers, N° 272, Washington D.C., Banco Mundial, 1995, citado en FCI, Demorar el matrimonio y el primer nacimiento, op. cit.
28 The State of the World Population 1997, p. 37.
29 Centro de Derechos Reproductivos y DEMUS, Mujeres del mundo, op. cit., pp. 213-215.
30 A. Radhakrishna, r. Gringle and F. Greenslade, "Adolescent Women Face Triple Jeopardy: Unwanted Pregnancy, HIV/AIDS and Unsafe Abortion", en Women's Health Journal, N° 58, febrero de 1997 (Latin America and Caribbean Women's Health Network, 1997).
31 AGI, Into a New World, op.cit. p. 34.
32 AGI, Into a New World, op.cit. p. 38.
33 Raffaelli, M. et al., Sexual practices and attitudes of street youth in Belo Horizonte, Brasil, Social Science Medicine, 1993, citado en AGI, Into a New World, op. cit. p. 35.