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El marco internacional de los derechos humanos

Los derechos reproductivos son derechos humanos

El CRR trabaja no sólo para que la práctica de la salud reproductiva esté cada vez más ligada con la perspectiva de los derechos reproductivos, sino además para que el discurso de los derechos reproductivos de la mujer sea reinterpretado en términos de derechos humanos. Los derechos reproductivos de la mujer bajo el derecho internacional de los derechos humanos resultan de una combinación de un número de derechos humanos separados:

  • El derecho a la salud, a la salud reproductiva y a la planificación familiar
  • El derecho a decidir el número de hijos y el espaciamiento de los nacimientos
  • El derecho a casarse y a constituir una familia
  • El derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad
  • El derecho a no ser discriminado por cuestiones de género
  • El derecho a no ser agredido ni explotado sexualmente
  • El derecho a no ser sometido a tortura ni a otro tipo de castigos o de tratamientos crueles, inhumanos o degradantes
  • El derecho a modificar las costumbres discriminatorias contra la mujer
  • El derecho a la privacidad
  • El derecho a disfrutar del progreso científico y a dar consentimiento para ser objeto de experimentación

Varios tratados sobre derechos humanos y varios documentos aprobados por consenso internacional consagran estos derechos de aplicación universal. Los tratados internacionales de derechos humanos están haciendo que los estados cumplan legalmente con el respeto a los derechos de todas las personas bajo cada jurisdicción estatal. Los documentos aprobados por consenso que se acuerdan durante las conferencias internacionales, así no sean vinculantes, reflejan el consenso internacional sobre las normas de los derechos humanos.

El Programa de Acción de la Conferencia Mundial sobre Población y Desarrollo (Programa de Acción de El Cairo) de 1994, fue la primera conferencia internacional importante que definió el término "derechos reproductivos". Esta conferencia además sostuvo que hay una estrecha relación entre las disposiciones relativas a los derechos humanos existentes en tratados internacionales y los derechos reproductivos. Los gobiernos aprobaron la siguiente declaración en el Programa de Acción del Cairo:

"Los derechos reproductivos abarcan ciertos derechos humanos que ya están reconocidos en las leyes nacionales, en los documentos internacionales de derechos humanos y en otros documentos pertinentes de las Naciones Unidas, aprobados por consenso. Esos derechos se basan en el reconocimiento del derecho básico de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el momento de tenerlos, y a disponer de la información y de los medios necesarios para ello, y el derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva. También incluye el derecho de todas las personas a adoptar decisiones en relación con la reproducción sin sufrir discriminación, coacciones ni violencia, como está expresado en los documentos sobre derechos humanos".

En colaboración con organizaciones de cada estado, el CRR aboga por la implementación completa de los derechos reproductivos como derechos humanos tanto a nivel nacional, como a los niveles regional e internacional.

Artículos y Documentos de análisis temático:

Libros e Informes: